TFR y previsión complementaria: qué comparar
Comparación educativa basada en los datos COVIP 2016–2025 y en las normas vigentes para el período impositivo 2026. Los datos históricos no son una previsión y la conveniencia depende de cada situación.
Puntos Clave
- En 2016–2025, los fondos de pensiones abiertos de renta variable rindieron un 5,1% neto anual medio, frente al 2,5% de revalorización del TFR
- Desde el período impositivo 2026, el límite ordinario anual deducible es de 5.300 euros; el TFR queda excluido
- Costes, riesgo, garantías, fiscalidad y horizonte deben evaluarse conjuntamente
Fuentes y transcripción
Fuentes y referencias
Transcripción y notas
En 2016–2025, COVIP registra rendimientos netos medios anuales del 5,1% para los fondos de pensiones abiertos de renta variable y una revalorización media del TFR del 2,5%. Son datos históricos, no indicaciones de rendimientos futuros.
El TFR y la previsión complementaria siguen reglas fiscales distintas. El resultado depende de la posición individual, la antigüedad y la modalidad de pago.
Desde el período impositivo 2026, el límite ordinario anual de deducción de aportaciones es de 5.300 euros, excluido el TFR. El beneficio efectivo depende de la situación fiscal.
La decisión exige comparar costes, riesgo, garantías, fiscalidad y horizonte temporal.
El vídeo está en italiano y no contiene audio. Esta transcripción ofrece el mismo contenido en pantalla en el idioma de esta página.